Temas de Empresa & Familia

6 preguntas a plantear antes de iniciar un proyecto

 

Publicado por Isabel Carrasco en Grandes Pymes

Antonio Nieto –  Rodriguez y Whitney Johnson en hbr.org del pasado 12 de febrero plantean que el saber cuándo hay que comenzar un proyecto es un factor clave para su éxito.

Los autores sugieren utilizar el modelo de la S Curva, originalmente popularizado por E. M. Rogers para calibrar lo rápidamente que las innovaciones pueden penetrar el mercado. También puede ser utilizado para ayudar a los responsables de la toma de decisiones para saber cuándo se debe iniciar un proyecto y más tarde modelar su progreso.

La base de la curva S es una fase de crecimiento lento y bajo y representa el periodo de investigación con pocos recursos comprometidos. El propósito de esta etapa es comprobar si realmente existe una oportunidad en una idea. En ella es cuando se deben buscar las respuestas a 6 importantes preguntas:

1.- ¿Se ha realizado ese proyecto con anterioridad?

Es fundamental determinar, tanto como podamos,  si existe un mercado para ese producto o servicio. Para hacerlo debemos explorar qué problema va a resolver para la población diana que hemos seleccionado y si existe una necesidad de encontrar una solución o si vamos a tener que luchar con competidores ya establecidos. Si este es el caso tenemos que valorar si existe algún aspecto de nuestra idea que nos pueda ofrecer una ventaja competitiva y definir que nicho diferenciador queremos cubrir en el mercado. Cuanto más novedosa sea la idea más tiempo deberemos dedicar a explorarla en esta fase de la curva S.

2.- ¿Forma el proyecto parte de nuestro núcleo de negocio y puede reforzar nuestras fortalezas o implica introducirnos en un área/tecnología/industria nuevas?

Cuánto más alejado esté el proyecto del núcleo de nuestro negocio más tiempo necesitaremos emplear en la parte baja de la curva S. Debemos considerar, también, el número de proyectos que estamos llevando a cabo fuera de éste núcleo central. Si son muchos pondrán en riesgo al proyecto y a la organización. Las organizaciones líderes suelen tener un 60% de proyectos dentro del núcleo, 30% en áreas de negocio adyacentes y un 10%  alejados.

 

 

3.- ¿Podemos definir claramente el alcance? ¿Tenemos claro lo que va a producir el proyecto y cómo se va a ver una vez completado?

Si tenemos menos de un 50% de claridad sobre lo que el proyecto va a ofrecer es mejor que sigamos explorando para poder definirle mejor. Deberíamos tener un 80-90% de los requerimientos descritos antes de pasar a la fase de ejecución.

4.- ¿Cuál va a ser el costo de la inversión?

Incluye determinar qué recursos se van a necesitar: financieros, humanos, de expertos, de tiempo empleado, … y analizar si se disponen en la organización o se va a necesitar provisión de fuentes externas y si podemos hacer frente a los costos que conllevan. Por tanto es importante aclarar antes de comenzar el proyecto quién lo va a financiar así como el compromiso de los recursos humanos que se van a ver implicados.

5.- ¿El proyecto cuenta con el apoyo de los principales grupos de interés y de los líderes de la organización?

Ideas excelentes y proyectos brillantes se han convertido en fracasos monumentales por la falta de apoyo de los principales grupos de interés. La fase de exploración debe conseguir que se genere una masa crítica alrededor del proyecto que garantice su viabilidad.

6.- ¿Cuál es el plazo límite de ejecución?

Los proyectos que languidecen en lugar de seguir adelante son costosos y no suelen producir resultados satisfactorios. Debemos establecer un plazo límite de ejecución y un cronograma en el que se determinen los logros parciales y benchmarks.

Fuente http://clavesliderazgoresponsable.blogspot.com/2020/02/6-preguntas-plantear-antes-de-iniciar.html

 

 

 

 

 

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Exiting 2020

 

Podemos tomarlo en chiste o en serio.

Pero, sin duda, 2020 ofrece particularidades que están generando cambios dramáticos en la vida personal y en el desarrollo de las empresas.

Uno de esos cambios está relacionado con la aceleración del proceso de retiro de los actuales titulares de las empresas Pymes.

Pero… qué significa retirarse en 2020?

Históricamente, una de las alternativas era vender la empresa. Sin embargo, en este momento parece muy difícil encontrar un comprador que pague lo que la empresa realmente vale.

Por lo tanto, es necesario investigar otras alternativas:

  • Hay miembros de la familia dispuestos a tomar las riendas de la empresa?.
  • Hay empleados de confianza en condiciones de hacerse cargo?.

 

Este es el momento de definir el Exiting:

“es el Proceso a través del cual el propietario de una empresa, negocio u organización profesional establece sus objetivos para retirarse, y ejecuta efectivamente su retiro, tomando en cuenta los aspectos:

Económicos

Financieros

Legales

Impositivos

De liderazgo de la empresa

Y su propio proceso emocional

 

El último punto de la definición aparece en negrita, porque resulta clave para que todo lo demás se haga realidad.

Porque si el empresario no está en condiciones emocionales de aceptar el cambio, cualquier intento de planificar y ejecutar va a quedar en la nada, y, al contrario, se va a convertir en una experiencia frustrante.

 

 

Palabras para no salir

Hay palabras que están incorporadas en nuestra cultura, y que nos llevan a olvidarnos de este proceso:

  • De aquí me van a sacar con los pies para adelante.
  • Yo voy a morir con las botas puestas
  • Después de mí, el Diluvio.
  • Yo no trabajo full time; yo trabajo full life.

También están aquellas ideas de que “nadie puede hacer las cosas como yo”; “yo tengo la empresa en la cabeza”…y así indefinidamente.

El problema es que el tiempo pasa y no vuelve…y esto significa, muchas veces, afectar la calidad de vida, propia y de la familia, por no hacer un cambio a tiempo.


Beneficios del Exiting.

Sin embargo, la organización empresarial se va a beneficiar de la renovación. Porque la salida del Fundador implica, también, la preparación y la llegada de personas con nuevos pensamientos y nuevos estilos. Y la clave está en compatibilizarlos, en lugar de enfrentarlos.

Recordemos que:

El retiro no es un evento, sino un proceso, que tiene un punto de inicio, un desarrollo y un momento de culminación.

No es proceso individual, sino interrelacionado con otros (la organización, la familia).

 

 

Dudas y más dudas

 El empresario ya está casi convencido de que debe encarar este proceso.

Sin embargo, algunas dudas le quitan el sueño:

  • Qué va a pasar con mis proyectos si no estoy ahí para defenderlos?
  • Qué va a pasar con mis finanzas, si no tengo a la empresa como respaldo? (acaso existe alguna inversión realmente segura?
  • Y si los que vienen no saben manejar la empresa?
  • Qué voy a hacer con mi tiempo libre?

Así definía Einstein la locura: “hacer las mismas cosas, y esperar resultados diferentes”.

Para no incurrir en ese error, es imprescindible que el empresario recurra a consultores especializados en la materia, que lo ayudarán a encontrar las mejores soluciones para su caso específico.

 

 

 

 

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Sociedad Anónima vs. Sociedad de Responsabilidad Limitada

 

¿Qué tipo de sociedad conviene constituir? 

Las sociedades anónimas simplificadas (S.A.S), que existen en la Argentina desde 2017, por imperio de la ley 27349, han caído en desgracia, ya que, a los ojos del actual Inspector General de Justicia, Dr. Ricardo Nissen, son un instrumento para el fraude. Por lo tanto, en este momento no resulta recomendable elegir ese tipo societario, sino, como antes, elegir entre la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada.

En este artículo hacemos una comparación entre ambos tipos societarios. 

 

Características generales de la sociedad anónima y de la sociedad de responsabilidad limitada 

La sociedad anónima es, típicamente, una SOCIEDAD DE CAPITAL. Esto significa que lo que la ley tiene en consideración es el hecho de ser propietario de acciones, y de ninguna manera las características de la persona.

La S.R.L. (sociedad de responsabilidad limitada) se encuentra en un lugar mixto, ya que, por un lado, las cuotas sociales se parecen en algunos aspectos a las acciones, pero, por otra, el carácter de socio es “intuitu persona”, es decir, que la persona del socio resulta muy significativa.

Actualmente, las cuotas sociales y las acciones son nominativas. Sin embargo, veremos que hay diferencia en el grado de publicidad hacia terceros respecto de quiénes son socios.

 

Un tema clave: cuál es el instrumento constitutivo de cada uno, y de qué manera se pueden modificar.

El instrumento constitutivo de la S.R.L. es el CONTRATO SOCIAL, en tanto que el de la S.A. es el ESTATUTO.

Todo cambio en la persona de los socios implica una modificación en el contrato social, que debe ser inscripta previa publicación de edictos.

Por el contrario, en la S.A. el cambio de accionistas no requiere modificación de estatutos, sino, simplemente, la anotación en el Libro de Registro de Acciones.

Esto hace más rápido y efectivo el cambio de accionistas en la S.A., que el cambio de socios en la S.R.L.

 

 

Quiénes pueden ser socios 

En una S.R.L. sólo pueden ser socias las personas físicas.

En una S.A. también puede ser socia una persona jurídica (incluso puede ser controlante).

Esto tiene mucha importancia a la hora de decidir la compra de una sociedad, dado que, si se adquiere una S.R.L. por parte de una S.A., hay que hacer en ese momento y de inmediato la transformación, dado que, de lo contrario, la operación no es válida.

Si bien una vez por año se pone de manifiesto, en una declaración jurada, quiénes son los accionistas, esto puede cambiar al día siguiente, por lo que, aunque las acciones no son al portador sino nominativas, gozan de mayor reserva que las cuotas sociales de la S.R.L., y dan mayor margen de maniobra para los casos en que hay que operar con rapidez.

 

Un tema de imagen 

Definitivamente, la imagen de la S.R.L. es la de una sociedad que explota una empresa más pequeña y acotada que una S.A.

Es más difícil negociar una venta de una S.R.L., ya que las titularidades son más públicas, por lo que un elemental instrumento de negociación (la reserva, el secreto respecto de quiénes son los verdaderos propietarios) no puede aplicarse en una S.R.L..

Es decir que, ser S.R.L., da una imagen de poca dimensión, que va en contra del eventual precio que se pueda pretender en una negociación.

Destaco que la excepción a esto son las empresas transnacionales (por ejemplo, Coca Cola) que, por razones impositivas dentro de Estados Unidos deben ser el equivalente a S.R.L..

 

El gobierno de la sociedad 

La S.R.L. es gobernada por los socios gerentes, quienes se reúnen en REUNIÓN DE SOCIOS.

La S.A: tiene un doble sistema de gobierno: en principio, es dirigida por un Directorio, que se debe reunir una vez por mes. Los miembros del Directorio no tienen que ser necesariamente accionistas, sino que pueden ser terceros. A su vez, los accionistas son los que eligen al Directorio, y aprueban su gestión en la Asamblea Ordinaria (por lo menos, una al año). También puede convocarse a Asamblea Extraordinaria cuando las condiciones lo recomienden.

Es de destacar que, por su estructura, la S.R.L. requiere de personas cercanas a la gestión, atentas al día a día y con poco espacio para la reflexión estratégica.

La S.A., por su parte, permite que las decisiones de día a día sean tomadas por personas que no necesariamente son socios, quienes van a rendir cuenta de sus actos a los socios, puestos en el espacio del control y no de la gestión.

 

 

Conflictos entre herederos 

En caso de conflictos entre herederos, son menos los recursos para evitar que afecten a la sociedad en el caso de la S.R.L., que en el caso de la sociedad anónima.

La S.R.L. termina siendo caja de resonancia, y se resiente con tales conflictos.

Lo mismo ocurre en caso de que alguno de los socios de la S.R.L. tenga deudas, porque los acreedores pueden entorpecer el funcionamiento societario, y perseguir a su deudor, con más efectividad que en el caso de la S.A.

 

Conflictos con herederos 

Tanto en el caso de la S.R.L. como el de la S.A., es posible complementar lo que disponga el instrumento básico (contrato social o estatuto) con un Protocolo, que es lo que nosotros vamos a  establecer, para minimizar los conflictos en todos los frentes.

 

Conclusiones 

En el Derecho argentino, desde que las acciones de las S.A: son obligatoriamente nominativas, no hay una diferencia sustancial entre la S.R.L. y la S.A:

Sin embargo, la S.A. es un instrumento que acompaña el desarrollo de la empresa. de manera más adecuada, al permitir un cambio en el posicionamiento de los dirigentes, que en el caso de la S.R.L. queda dificultado.

Para manejarse con los herederos de un socio también es conveniente la S.A., dado que hay menos riesgos de que quede paralizada la actividad de la sociedad.

La S.A. es más adecuada para el caso de una sociedad en la que algunos socios no trabajan.

En ambos casos es posible aplicar un Protocolo Empresario Familiar, que podrá regular aspectos no contemplados, respectivamente en el estatuto y en el contrato social, tales como la protección de los derechos de los socios que no trabajan en la empresa, las pautas para el ingreso, la permanencia y el egreso de miembros de la familia, los mecanismos para que los socios tengan prioridad en caso de que alguno quiera retirarse, pautas para la venta a terceros, mecanismos para prevenir y resolver conflictos, pautas de remuneración para los socios y sus familiares, y todos los temas que resulten relevantes, para la sustentabilidad de la relación societaria a lo largo del tiempo.

 

 

 

 

 

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